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Economía circular, un principio sin fin

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Llevamos décadas conviviendo con la percepción que el ser humano parasita y debilita el entorno natural en el que vive con el único fin de aumentar su bienestar de un modo inconsciente y amparado bajo la carta comodín del progreso. Precisamente por no tratarse de una percepción, sino de un hecho que lleva mucho tiempo salpicándonos la cara y el pensamiento, han surgido múltiples conceptos y reflexiones que intentan hacernos recapacitar. Intentan que veamos cómo de posible es vivir en la naturaleza y convivir con ella. Cuál es la relación real entre el avance económico y el bienestar social. Intentan priorizar el concepto ‘sostenible`.

Y como suele pasar en los casos en los que uno está obcecado, el principio de la respuesta -el hilo del que tirar- está en el lugar más inesperado y, al mismo tiempo, más lógico. La reproducción de la dinámica de la naturaleza está en la cabeza del mundo científico, filosófico y de la ingeniería desde hace ya mucho tiempo. En el medio natural, los ecosistemas están formados por un número determinado de partes que se relacionan entre sí y con el todo que conforman, de tal modo que es esencial conocer las interacciones entre las mismas para comprender el funcionamiento global. Estos sistemas no son lineales. Se retroalimentan, son flexibles a las circunstancias, se recuperan ante alteraciones importantes y optimizan todos sus procesos. “La naturaleza no hace nada superfluo, nada inútil y sabe sacar múltiples efectos de una sola causa” (Copérnico).

Las aplicaciones de derivar esta estructura funcional al campo industrial y económico vienen siendo estudiadas por diferentes corrientes desde los años sesenta. Una de las filosofías más mencionadas es aquella a la que hace referencia el concepto Cradle to Cradle (‘De la cuna a la cuna’, McDonough y Braungart, 2002). Se trata de reescribir la idea RRR (Reducir, reutilizar y reciclar),entendiendo a todos los participantes en el proceso como nutrientes de distinto tipo, como impactos positivos. Sugiere un sistema en el que cada paso se estudie desde una idea global de prevención, de comprensión de cada una de las fases dentro de un todo, de utilización sin fin de los recursos considerando todas las etapas, desde su concepción hasta su reinclusión en el ciclo productivo. Propone cerrar el ciclo de vida de los productos que integran la cadena para así lograr un proceso reatroalimentado.

En base a esta idea circular, diferentes teorías han surgido en la época moderna intentando dar forma a un nuevo paradigma económico. La Ecología Industrial, la Economía del Rendimiento, el Diseño Regenerativo, la Economía Azul…todos ellos con la idea de encajar nuestro sistema productivo en el traje salvador de la naturaleza. El  último descendiente de esta cadena de ideas, florecido en los últimos años, se llama Economía Circular. Se trata de un concepto económico, social y natural. Hablamos de un sistema que pretende producir servicios y bienes reduciendo el consumo de materias primas, convirtiendo los residuos en nuevos recursos y cerrando así su ciclo de vida. Una batería que se regenera. Una representación que intenta mejorar nuestro funcionamiento económico adaptándose a las demandas de una sociedad moderna y aumentando su versatilidad. Y aunque, evidentemente, no se trata de un pensamiento nuevo, sí que puede analizarse como único dentro de la dimensión temporal en que nos hallamos. Establecer la economía circular como piedra angular de nuestro día a día parece responsabilidad y deber de todos los actores que pueblan este escenario.

El agotamiento de los recursos fósiles y, por ende, de la economía lineal hasta ahora predominante, ha llevado a plantearse la necesidad de cambiar el modelo y buscar la eficiencia máxima en el uso de los recursos. La economía circular se fundamenta en la concurrencia de los factores económicos y ambientales:

• Se tienen en cuenta los impactos ambientales de un producto a lo largo de todas las fases de su ciclo de vida, considerando el ecodiseño como un importante factor preventivo y una actividad más que básica en el funcionamiento del proceso productivo.
• Se amplia el concepto de recurso dando cabida a residuos que hasta ahora no producían ningún tipo de aportación. Al convertir estos residuos en participantes del ciclo, se logra crear un nuevo valor económico.
• Con el fin de gestionar del modo más óptimo los stocks, se intenta aprovechar mediante el reciclaje todos los materiales que se encuentran en los residuos o partes concretas de los mismos, reintroduciéndolos en el mercado para satisfacer nuevas demandas de los consumidores o aprovechándolos energéticamente.

Más allá de las enormes ventajas funcionales y logísticas que aporta esta nueva economía, su desarrollo debe contribuir a contemplar con mayor optimismo el futuro del entorno que nos rodea. La conversión de residuos en nuevos recursos disminuye la cantidad de los mismos y ayuda limitar el consumo energético. Al no extraer de forma compulsiva las materias primas tradicionales, se limita la cantidad de impactos ambientales derivados, se lucha contra los grandes problemas naturales de nuestra época -englobados en el cambio climático- y se fomenta la innovación en nuevos nichos de investigación enriquecedores para el progreso humano y mucho más sostenibles con nuestro hábitat.

La economía circular debe, además, ser garante de un nuevo orden productivo a nivel mundial. La seguridad del suministro de los recursos aporta una estabilidad y una tendencia a la reindustrialización a nivel local en territorios de carácter muy diverso. El tratamiento y gestión de los residuos ya constituye una importante fuente de trabajo a día de hoy; con los campos emergentes de innovación que sugiere la economía circular, se abren numerosas oportunidades para que la economía social gane importancia. De este modo, tanto pequeños como grandes actores económicos pueden integrarse en el proceso productivo aportando nuevos conocimientos y formas de funcionamiento que permitan obtener una mayor competitividad y una mejor forma de proceder a nivel planetario.

En la clave de la economía circular (la transformación de un residuo en un recurso), la Comisión pretende establecer unas requisitos generales en toda la Unión Europea para que los materiales reciclados pasen a no ser considerados residuos y puedan así competir en igualdad de condiciones con los recursos a los que aún no se les ha dado un uso. Se trata de un punto que la industria del reciclaje entiende como fundamental, al creer que actualmente existe todavía una notable restricción a los materiales reciclados. El establecimiento de un nuevo marco regulatorio, el apoyo a los mercados de materias primas secundarias y la introducción de factores ambientales en dichos mercados se consideran aspectos imprescindibles por parte de las empresas recicladoras para que las medidas de la Comisión reflejen la problemática real de esta industria y sean verdaderamente efectivas.

Orden APM/1040/2017, de Garantía Financiera Obligatoria

La Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2.

La Directiva 2004/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, estableció por primera vez un marco común para la prevención y la reparación de los daños medioambientales en los Estados Miembros.
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La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, modificada por la Ley 11/2014, de 3 de julio, que incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2004/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril, estableció un nuevo régimen administrativo de reparación de daños medioambientalesen virtud del cual los operadores que ocasionen daños al medio ambiente o amenacen con ocasionarlos, deben adoptar las medidas necesarias para prevenir su causación o, cuando el daño se haya producido, para evitar que se produzcan nuevos daños y devolver los recursos naturales dañados al estado en el que se encontraban antes de la causación del mismo.

Por tanto, la presente Orden APM/1040/2017 tiene por objeto cumplir con lo establecido en la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por lo tanto, fijar la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria prevista en el artículo 24 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, clasificadas con nivel de prioridad 1 y con nivel de prioridad 2 conforme al anexo de la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio.

AITEC, como un centro de innovación y tecnología especializado en seguridad y medio ambiente, ofrece los siguientes Servicios Tecnológicos en este ámbito:

– Para las Asociaciones y otras Plataformas Sectoriales: Elaboración de Guías Metodológicas, MIRATs (Modelos de informes de Riesgos ambientales tipo) y Tablas de Baremo para un determinado Sector

– Para las Empresas: Elaboración de Análisis de riesgos ambientales según requisitos de la Ley 11/2014 desarrollada por el Reglamento RD 183/2015, así como implantación de planes de minimización de riesgos ambientales.